El futbolista del Celta vio dos cartulinas durante el encuentro y el club decidió presentar alegaciones a la primera. Sin embargo, el comité de competición no las tuvo en cuenta al considerar que «en el caso que nos ocupa, la atenta visión de la prueba aportada no permite concluir que concurra ninguno de los dos supuestos citados, pues nos encontramos en definitiva ante una valoración diferente por parte del club alegante de un lance del juego, respecto a la realizada por el Colegiado, sin que pueda prevalecer aquélla sobre ésta. Antes al contrario, la propia prueba aportada por el R.C. Celta de Vigo, SAD resulta plenamente compatible con la descripción de los hechos que se contiene en el acta arbitral. En consecuencia debe confirmarse la primera amonestación del jugador Don Pedro Pablo Hernández».
El Celta deberá ahora decidir si recurre la sanción al comité de apelación o si decide paralizar la vía administrativa y acatar la resolución del comité de competición. El texto íntegro de la resolución puede consultarse aquí.