El tribunal descarta la existencia de errores en la valoración de la prueba y confirma el fallo de la Audiencia, que pone “en duda” la credibilidad del testimonio de la recurrente y la existencia de “corroboraciones subjetivas y objetivas del mismo”. El TSXG insiste en que “no se trata únicamente de que el testimonio de la víctima le suscite al tribunal enjuiciador problemas de credibilidad objetiva, sino que, además, no se cuenta con la concurrencia de corroboraciones periféricas”.
La Sala de lo Civil y Penal, por tanto, considera, al igual que la Audiencia Provincial de Pontevedra, que no se ha acreditado que en enero de 2015 el acusado violase a su novia, que entonces tenía 15 años, en su domicilio de Redondela, donde la adolescente se quedó a dormir con el consentimiento de su madre.