La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra juzgará el próximo 31 de marzo a una pareja viguesa por agredirse mutuamente y quebrantar la orden de alejamiento que les fue impuesta. El caso procede del Juzgado sobre la Mujer número 1 de Vigo y se remonta al año 2007 cuando los procesados tenían una relación sentimental.
Según relata el escrito de acusación, sobre las 6:00 horas del 8 de junio de 2007 ambos se encontraban en el domicilio que compartían en Vigo, cuando en el transcurso de una discusión el hombre, identificado como J.L.A.F., agredió a su pareja, identificada como T.N.O.Q., arrojándola al suelo de un empujón e inmovilizándola con las rodillas sobre la espalda, al tiempo que con ambas manos, la agarraba fuertemente del cuello.
«La procesada logró hacerse con una navaja, y guiada por el ánimo de menoscabar la integridad física de su pareja sentimental, le asestó siete puñaladas que lo alcanzaron en el cuello, tórax y hombro y brazo izquierdo, tratando a continuación el procesado de arrebatar la navaja a la procesada, a lo que esta se resistió, entablándose un forcejeo entre ambos en el transcurso del cual siguieron golpeándose mutuamente», señala la Fiscalía.
Tanto el hombre como la mujer necesitaron asistencia sanitaria y el juzgado, con fecha 10 de junio, prohibió recíprocamente a los procesados que pudieran aproximarse entre sí a menos de 500 metros y comunicase entre ellos por cualquier medio durante la instrucción de la causa.»No obstante y pese a conocer la prohibición antedicha, su vigencia, y las consecuencias derivadas de su incumplimiento, y con el propósito de hacer caso omiso a la resolución judicial, la procesada envió al procesado un total de 31 mensajes de texto durante las fechas comprendidas entre el 19 de junio y el 20 de noviembre de 2007, algunos de los cuales contenían expresiones del siguiente tenor literal: “qué asco das”; “eres irresponsable, mentiroso, anormal”; “eres un puto xapero”; “mira si eres mentiroso”, añade el fiscal en su escrito.
Posteriormente, en el mes de septiembre el hombre agredió de nuevo a la mujer tras encontrarse con ella en la discoteca «Nglobe» de Tui «agarrándola del cuello y arrojándola contra una pared». La acusación pública relata que en octubre de 2007, tras coincidir de nuevo en el local «Churruca 20» de Vigo, el acusado la agredió «propinádole un fuerte tirón de pelo, a consecuencia de lo cual ella resultó con lesiones consistentes en cervicalgia y contractura paravertebral».
Por todo esto, la Fiscalía pide un total de ocho años y dos meses de prisión para J.L.A.F. por delitos de lesiones en el ámbito de la violencia de género, un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y un delito de maltrato físico habitual. Por su parte, el fiscal solicita seis años de cárcel para T.N.O.Q. por un delito de lesiones con instrumento peligroso, un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y una falta continuada de vejaciones injustas leves.
Además, pide para ambos la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuenten, así como de comunicarse por cualquier medio por tiempo de 2 años, en el caso de él, y de 5 años, en el caso de ella.