La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a un acusado de agredir sexualmente a una mujer a la que conoció a través de la aplicación de citas Tinder.
El tribunal explica en la sentencia que no se ha acreditado, más allá de toda duda razonable, que el sospechoso agrediese sexualmente a la mujer cuando ambos se encontraban en el interior de la vivienda de este.
La Sala indica, basándose en los informes forenses, que «no se puede establecer una relación causal entre la posible agresión sexual y las lesiones físicas que presentaba la denunciante al acudir al hospital dos días después de la relación sexual», al tiempo que señala que «no serían tampoco incompatibles con una relación sexual consentida».
Por ello, concluye que «se trata de lesiones que no acreditan de modo categórico una violencia durante la relación sexual».
Los magistrados señalan que la dicha prueba «puede sustentar la tesis acusatoria, pero también la defensiva, por lo que debe quedar descartada del acervo acusatorio», pues subraya que «sería contrario a la presunción de inocencia que, ante una explicación de unas lesiones que concuerdan tanto con lo sostenido por la denunciante como con lo sostenido por el acusado, se optase, sin más, por la hipótesis acusatoria».
Además, la Sala señala que el testimonio de la víctima genera dudas y, por lo tanto, también la versión de los testigos que tuvieron conocimiento, en exclusiva, por el relato de la denunciante. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.