El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Vigo ha estimado el recurso interpuesto por la Federación de Sanidad de CC.OO. de Galicia frente al Sergas y anula y deja sin efecto la resolución de la gerencia de la Estrutura Organizativa de Xestión Integrada de Vigo (EOXI), por la que se ofertó en 2014 a los empleados públicos de determinadas categorías de servicios no clínicos la opción de pasar a prestar servicios, de forma voluntaria, como personal laboral en la entidad concesionaria del nuevo hospital de Vigo (Chuvi).
El magistrado autor de la sentencia entiende que la mencionada resolución es contraria al ordenamiento jurídico “al emanar de órgano carente de competencia propia para instaurar el procedimiento administrativo de ejercicio de la facultad de opción, sin la previa y habilitante existencia de un Plan de ordenación, y por haberse prescindido del procedimiento legalmente establecido”, ya que se hizo caso omiso a “la negociación exigida por el EBEP, el Estatuto Marco y la Ley de Salud de Galicia”.