En una sentencia dictada por el juez decano, Germán Serrano, el pasado 28 de noviembre a raíz de una demanda presentada por un afiliado de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), se estima la petición de este trabajador para garantizar la conciliación sin la pérdida de poder adquisitivo que conllevaría una reducción de la jornada laboral, ya que además la empresa no ha acreditado que exista una imposibilidad real de adaptar el horario.
El fallo ha sido celebrado en el sindicato al instaurar una “novedosa pauta dentro del sector, donde están muy aferrados los turnos rotativos de mañana, tarde o noche”. Es el primer dictamen de estas características en la automoción viguesa desde que entró en vigor el nuevo Real Decreto Ley aprobado el pasado mes de junio.
De hecho, esta sentencia llega después de la emitida el pasado 28 de mayo por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia a favor de una empleada de PSA Vigo, en la que se reconocía su derecho a tener el horario que necesitaba por conciliación y “guardia legal” pero con reducción de jornada. Así, lo novedoso de este nuevo caso es que el asalariado evita perder ingresos, ya que hasta la aprobación de esta nueva normativa sólo se contemplaba la conciliación familiar y laboral si existía una reducción de jornada.
Se trata, además, del primer fallo que reconoce este derecho a un hombre, lo cual es valorado de forma muy positiva desde los representantes de la CUT en la fábrica viguesa para lograr el “efectivo equilibrio” en el cuidado de los hijos e hijas a través de un reparto equitativo e introduciendo el factor de la “corresponsabilidad” en la sentencia.
Desde el sindicato esperan “que PSA, ya con varias sentencias en contra de su política social, empiece a respetar la normativa y no nos tengamos que ver demandando ante la Justicia para hacer valer nuestros derechos”.