Se trata de una prestación que proporciona la Seguridad Social, pudiéndose solicitar siempre que se cumpla una serie de requisitos, sabiendo además que, poco a poco, esta ayuda está quedando en un segundo plano, tomándole la delantera el Ingreso Mínimo Vital.
Hoy en día, son muchas las prestaciones que han puesto sobre la mesa tanto el Gobierno central como la Seguridad Social, con el fin de ayudar a aquellas familias que no pasan por una buena situación económica. Como es lógica, este tipo de situaciones se han incrementado a causa de la pandemia, de ahí que cada vez sean más los ciudadanos que quieran informarse sobre las prestaciones existentes y cómo acceder a ellas. En este sentido, hay que destacar la ayuda por hijo a cargo. Las ayudas por hijo a cargo, como explica el portal Infogob.es, es una prestación que tal y como su nombre indica, se otorga a aquellas familias que tienen hijos a su cargo, siempre que cumplan una serie de requisitos. Desde el portal también se informa que, esta ayuda, se quiere sustituir de manera progresiva por la de Ingreso Mínimo Vital. Una nueva prestación que está disponible desde el pasado junio en España.
¿En qué consiste la ayuda por hijo a cargo?
Es una prestación 100% familiar, presentándose como una ayuda que otorga el INSS y que corresponde al grupo de las no contributivas. Esto se traduce en que, aunque la persona no haya cotizado nunca en la Seguridad Social, tiene la posibilidad de solicitarla cumpliendo los requisitos establecidos.
¿Quiénes pueden acceder a ella?
Aunque este tipo de ayudas están disponibles para todo el mundo, es importante decir que los beneficiarios de la misma deben presentar unas características específicas. De esta manera, tienen acceso a esta prestación tanto progenitores, como familias o personas que hayan adoptado, siempre que cumplen los requisitos.
De igual modo, aquí se incluyen también familias que tengan hijos mayores de edad y estos cuenten con alguna incapacidad. Otros beneficiarios son niños huérfanos menores de edad, así como aquellos que tengan un grado de discapacidad igual o más al 65%. Finalmente, también pueden solicitar esta prestación huérfanos que hayan sido abandonados, cumpliendo requisitos tales como la edad o el grado de discapacidad anteriormente indicado.
¿Cuánto y cuándo se cobra?
Como ya se ha mencionado, son muchos los tipos de prestaciones de la Seguridad Social que están disponibles en la actualidad y, dependiendo del elegido, así se podrá cobrar una mayor o menor cuantía. En el caso de la ayuda por hijo a cargo, la cantidad final depende directamente del grado de discapacidad del hijo, así como de la edad de este.
En este sentido, si se tiene un hijo menor de edad y sin discapacidad, lo habitual es recibir 341 euros al año, siempre que los ingresos anuales de la persona beneficiaria no sean superiores a 12.313 euros. En el caso de ser familia numerosa, esta cuantía anual tiene el tope en 18.532 euros.
Por su parte, si se tienen hijos menores de edad, pero con una discapacidad del 33% ya sea igual o superior, entonces se podrá recibir hasta 1.000 euros anuales, por cada uno de los hijos que cumplan estos requisitos.
En el caso de contar con hijos mayores de edad con discapacidad igual o mayor al 65%, la cuantía será de 4.702 euros anuales por cada uno. Mientras que, si los hijos tienen más de 18 años y el grado de discapacidad supera el 75%, la cifra asciende a 7.056 euros al año.
Además de todo esto, en el caso de que una familia esté considerada en situación de gran pobreza, se puede añadir la ayuda de 588 euros anuales, por cada uno de los hijos que tenga a cargo.
Si a una familia se le ha concedido alguna de estas ayudas, es importante conocer cuándo se cobran estas cantidades. Así, si los hijos son menores de edad, lo habitual es cobrar cada 6 meses, generalmente durante el primer semestre del año. Si los hijos son mayores de edad y además tienen una discapacidad, la cuantía se percibe de manera mensual.
¿Cómo solicitarla y cuáles son los requisitos?
Para poder solicitar esta ayuda, hay que acudir a cualquiera de los centros de atención de la Seguridad Social, en las diferentes localidades. Por norma general, una vez echada la solicitud, la entidad resuelve el expediente en unos 45 días, aproximadamente.
Entre los requisitos para poder echar esta solicitud, hay que decir que se debe residir legalmente en España. Tener hijos a cargo, mayores o menores de edad y con discapacidad.
De igual modo, los solicitantes no podrán estar ya acogidos a otra ayuda similar y, además, habrá que tener en cuenta la renta familiar, estableciéndose unas cuantías límites para las familias, con añadido en el caso de ser numerosa.