La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha dictado sentencia en la que absuelve a un hombre, acusado de un delito de lesiones, y que fue juzgado por una supuesta agresión a otro varón en un bar de la ciudad, provocándole la pérdida del ojo izquierdo.
El tribunal señala que la única prueba incriminatoria que podría servir para condenar al procesado es el testimonio del denunciante, que aseguró que había visto «por el rabillo del ojo» la mano del acusado golpeándole. Sin embargo, los testigos que declararon corroboraron que, entre ambos, había varios metros de distancia, y el propio acusado, aunque reconoció que estaba en el bar en ese momento, negó la autoría de la agresión.
La Audiencia expone también que el relato del denunciante «es poco preciso, proporciona escasos datos» y que el hombre «recuerda pocas circuntancias» relativas a la agresión. Al respecto, señala que, según los testigos, estaba ebrio, y ello pudo interferir en su capacidad de «percepción y atención».
Por todo ello, aunque la Fiscalía solicitaba inicialmente 11 años de cárcel y más de 115.000 euros de indemnización por un delito de lesiones, la sala ha acordado la absolución al no ver acreditada la autoría, ya que ni siquiera el perjudicado pudo concretar de qué forma le golpeó el acusado, si lo hizo con el puño o la mano abierta, e incurrió en varias contradicciones.