El presidente del Puerto de Vigo, Enrique López Veiga, anunció este viernes la modificación de la instrucción aprobada en marzo de 2011 tiene por objeto regular la utilización de los espacios abiertos al uso público en la zona centro del Puerto de Vigo, a fin de «garantizar el buen estado de conservación y el mejor aprovechamiento ciudadano de dichos espacios».
Tal y como aseguró, su aplicación será “inmediata”, ya que “el Puerto no es un sitio para hacer botellón ni para promover eventos que inciten a usar el área portuaria con estos fines”. Tanto es así, que la nueva instrucción recoge de forma “más explícita” este hábito que “cuesta dinero al Puerto” y que “se tiene que acabar”.
En este sentido, López Veiga recordó que Vigo es puerto de entrada de miles de cruceristas y, por ello, “está sujeto a unas normas de seguridad muy severas”, por lo que “no podemos permitir la invasión de gente estos espacios”. Por ello, esta instrucción afecta a la explanada central del Muelle de Trasatlánticos, cabeza Este del Muelle del Muelle de Trasatlánticos, paseo perimetral de la dársena de A Laxe, zona Oeste del Muelle de Trasatlánticos y entorno de la Dársena 2, explanadas ubicadas en el entorno del Real Club Náutico-Plaza del Encuentro, jardines de la calle Arenal, nueva plaza ciudadana frente al Liceo Marítimo de Bouzas, paseo de los Peces y zona peatonal en el entorno de las naves del Muelle de Comercio.
Así, en estas zonas queda prohibida la venta ambulante, el consumo de bebidas alcohólicas (botellón), la venta de bebidas alcohólicas (salvo en los locales autorizados para ello), el paseo con perros sueltos y cualquier actividad, con carácter general, que produzca suciedad o deterioro en la zona. Además, la pesca deportiva está prohibida en la cabeza Este del Muelle de Trasatlánticos, el paseo perimetral de la dársena de A Laxe, la zona Oeste del Muelle de Trasatlánticos y entorno de la Dársena 2. Por su parte, en el Paseo de los Peces, la pesca deportiva podrá realizarse «desde las instalaciones construidas al efecto».
«Excepcionalmente, y con motivo de eventos especiales o fiestas tradicionales, se podrá autorizar la venta y suministro de bebidas alcohólicas mediante el empleo de barras auxiliares o portátiles», añade el Puerto. Además, con carácter excepcional, se estudiará la autorización de acontecimientos que no se ajusten a estas normas, siempre que se consideren de interés general. Será responsabilidad del infractor la limpieza de los residuos y la suciedad que se genere por las actividades realizadas no autorizadas.
El incumplimiento de lo contenido en esta instrucción, constituirá una infracción leve, contemplada en el artículo 306.1.j) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante: “Cualquier otra actuación u omisión que causa daños o menoscabo a los bienes de dominio público portuario, o a su uso o explotación” y, como tal, será sancionado con multas de hasta 60.000 euros. La Policía Portuaria velará por el cumplimiento de esta normativa en estrecha colaboración con Policía Local y Nacional.