El Juzgado de Primera Instancia de Vigo declaró nula una cláusula suelo de un préstamo hipotecario suscrito en 2005 con la entidad Unicaja Banco al considerarla «abusiva».
Según la sentencia, condena al banco a devolver todas las cantidades «indebidamente cobradas» como consecuencia de la clásula anulada, con los intereses legales de cada cobro.
«Es claro que no existe ni siquiera una inclusión clara y concisa en la escritura de la existencia de dicha cláusula como objeto principal del contrato a la que ni siquiera se alude expresamente», recoge la sentencia.
Asimismo, señala que «tampoco hay prueba alguna» de que la cláusula se negociase individualmente con el prestatario, ya que «no consta» la realización de simulaciones, «ni mucho menos» que la misma fuese fruto de una negociación individual.
Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación en la Audiencia de Pontevedra.
Desde Oulego Abogados y Consultores, que llevaron la defensa de la demandante, valoran «muy positivamente» esta sentencia que representa una «nueva victoria» en su compromiso por defender a los consumidores frente a cláusulas bancarias «opacas y desproporcionadas».