El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena impuesta a dos acusados de agredir a dos jóvenes en la calle Hernán Cortés de Vigo y dejarlos semiinconscientes.
En concreto, la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal gallego ha confirmado la condena que la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, le impuso a los procesados por agredir a otros dos jóvenes en la ciudad olívica, provocando que se cayesen al suelo en estado de semiinconsciencia.
Así, a uno de ellos se le impuso cinco años y tres meses de cárcel, mientras que al otro, cuatro años y tres meses de prisión. El tribunal, por lo tanto, ha rechazado el recurso interpuesto por los dos condenados y ha ratificado sus condenas como coautores de un delito de lesiones con deformidad, concurriendo la agravante de abuso de superioridad, y de un delito leve de lesiones, por el que cada uno de ellos deberá pagar una multa de 360 euros.
Los magistrados han estimado, en parte, el recurso de apelación interpuesto por una de las víctimas, por lo que ha incrementado de 15.938 a 20.000 euros la indemnización que deberán pagarle los condenados, quienes tendrán que indemnizar al otro perjudicado con 594 euros.
La Sala explica que comparte con el apelante y el Ministerio Fiscal que las bases sobre las que se estableció la indemnización en la sentencia de primera instancia «omiten conceptos indemnizables», por lo que entiende procedente elevar la cuantía.
En cuanto a los recursos presentados por los acusados, el TSXG rechaza que haya existido error en la valoración de la prueba efectuada por la Audiencia Provincial. En cuanto a la indebida utilización de la institución del testigo protegido que alegan los sospechosos, los magistrados resaltan que «resulta plenamente lógico que, ante la brutalidad de la agresión que se podría apreciar en la grabación, cualquier persona temiese por su integridad física y solicitase mantener el anonimato para evitar represalias».
Los jueces del Alto Tribunal gallego también rechazan aplicarles la atenuante de embriaguez y ratifican la agravante de abusos de superioridad, pues subrayan que el relato de hechos probados «describe una escena claramente ilustrativa de un abuso de superioridad provocado por el desequilibrio de fuerzas, ya que las víctimas fueron abatidas con rapidez, sin apenas posibilidades de defensa, tal y como puede apreciarse en el vídeo».
Así, el TSXG subraya que «los agresores, de mayor edad, experiencia y corpulencia, con una dinámica de dos contra uno, consiguen con facilidad dejarlos en estado de semiinconsciencia, y tal facilidad habla por sí sola de la circunstancia de abuso apreciada correctamente por la Sala».
Hechos
El tribunal, al igual que la Audiencia Provincial de Pontevedra, considera probado que los acusados, sobre las cinco de la madrugada del día 30 de enero de 2022, cuando se encontraban en la calle Hernán Cortés de Vigo, entablaron una discusión con dos personas, en el transcurso de la cual, «de común acuerdo, tanto en la acción como en el resultado, y con ánimo de menoscabar la integridad física de los mismos», les propinaron diversos golpes, que provocaron la caída de ambos al suelo en estado de semiinconsciencia.
En concreto, la Sala relata que ambos acusados se dirigieron hacia una de las víctimas, arrollándola, lanzándole diversos golpes con los puños, alcanzándola, al menos uno de ellos, de lleno, lo que provocó que se cayese al suelo, quedando inconsciente.
Inmediatamente después, según la sentencia, ambos acusados se dirigieron hacia el otro afectado, propinándole varios puñetazos y patadas, consiguiendo acorralarlo contra la pared, dándole sendos puñetazos. Y, una vez que consiguió escabullirse y escapar calle abajo, fue perseguido por ambos condenados, alcanzándolo uno de ellos, quien, mediante múltiples patadas, agarrones y golpes, logró tirarlo al suelo, donde continuó golpeándolo hasta que un transeúnte trató de intervenir para separarlo de la víctima.
Finalmente, el otro acusado le propinó a la víctima dos fuertes patadas en la cabeza, tras lo cual ambos acusados abandonaron juntos el lugar, dejando a ambos perjudicados en estado de semiinconsciencia y tirados en el suelo.
Pese a todo, la sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.