La Sala de lo Civil y Penal del TSXG confirma la pena de medio año de cárcel impuesta por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, al dueño de una empresa por estafar a un cliente en la venta de maquinaria de hostelería.
El tribunal considera probado, según se recoge en la resolución de primera instancia, en la que también se le impuso el pago de 595 euros al afectado, que el acusado, «con el propósito de obtener un inmediato e ilícito beneficio económico y sin voluntad de cumplir con el suministro», ofertó un acumulador al denunciante.
El perjudicado pagó el producto, pero no llegó a recibirlo. Los magistrados indican que el empresario «no da una explicación razonable» con respeto a los elementos que conforman el conjunto probatorio de cargo».
La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo.