El TSXG ha rechazado que el fallo de instancia carezca de motivación, tal y como alegaba el procesado. Así, los jueces resaltan que la Audiencia “explicita las concretas razones” por las que llega a la convicción sobre los hechos delictivos y culpabilidad del acusado.
“Pese a lo argumentado en el recurso de apelación, la sentencia expone detalladamente por qué el testimonio de la víctima goza de verosimilitud”, subrayan. La afectada, según el fallo del TSXG, ha mantenido la misma versión de los hechos y su testimonio es “persistente, detallado, razonable, lógico y sincero”.
La resolución, por tanto, confirma íntegramente el fallo de la Audiencia Provincial de Pontevedra que impone al sospechoso por el delito de agresión sexual seis años y ocho meses de cárcel, así como cinco años de libertad vigilada; por el de lesiones, dos años; y, por el de maltrato, seis meses.