El texto conocido este viernes (disponible en PDF al final del artículo) resuelve que Abel Caballero y sus concejales no estaban forzados a acudir al Parlamento de Galicia el pasado mes de febrero. “No existe, con carácter general, una obligación de los cargos públicos representativos locales de comparecer en el seno de comisiones de investigación creadas por parlamentos autonómicos”, escribe el Consejo de Estado con fecha del 21 de marzo.
Además, profundiza “que no cabe la actuación de comisiones de investigación constituidas por parlamentos autonómicos que tengan por objeto asuntos de competencia propia de entidades locales”.
Adicionalmente, el Consejo aclara que los representantes locales podrían comparecer si es para responder a preguntas relacionadas con competencias autonómicas, pero nunca para ser fiscalizados por decisiones municipales.
Por todo ello, el alcalde de Vigo y presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha asegurado que este viernes ha sido “un día muy importante que va a hacer historia en los ayuntamientos de España”.
En todo caso, hay que recordar que los informes del Consejo de Estado no son vinculantes y que el Código Penal recoge en su artículo 502.1 la obligación de cualquier citado a personarse ante una comisión de investigación autonómica.