Una agente de la Policía Local de Vigo deberá ser indemnizada por el Concello de Vigo por las lesiones sufridas en acto de servicio y debido a la insolvencia del responsable directo de las lesiones y daños que tuvo la funcionaria policial a la hora de realizar su trabajo.
Así se desprende de la sentencia dictada el pasado mes de febrero por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo y que ya ha pasado por junta de gobierno local a finales del mes de junio para dar cuenta de la misma.
De este modo, se da respuesta a la reclamación interpuesta por la agente solicitando la cantidad de 2.814 euros en concepto de indemnización por las lesiones sufridas en acto de servicio como trabajadora del cuerpo de seguridad local.
La sentencia, que es firme, estima el recurso presentado contra la desestimación por silencio de la reclamación que la demandante hizo Concello con el fin de que la resarciera por los daños y perjuicios materiales padecidos (lesiones) mientras se encontraba realizando sus funciones como agente local pero, sobre todo, por la insolvencia del responsable directo de las mismas que está condenado penalmente.
La resolución del juzgado recoge que una reclamación de este tipo «debe ser atendida cuando una sentencia penal firme, como es el caso, establece que el agente policial ha sufrido menoscabo con ocasión del legítimo desempeño de sus funciones» por lo que, como matiza, «tiene derecho a ser resarcido de los daños y perjuicios que se le hubieran causado».
El quid de la cuestión radica, en este caso, en la insolvencia del reo condenado penalmente y principal responsable de las lesiones que la agente sufrió mientras realizaba su trabajo policial. Y así lo deja claro el fallo judicial apuntando al Ayuntamiento a asumirlo debido a su condición de funcionaria municipal y por haberse producido el daño en acto de servicio.
«La legitimación pasiva de la demandada es de naturaleza subsidiaria, nace con la insolvencia del principal responsable, el reo al que la sentencia señaló como obligado a resarcir el daño», detalla el texto, añadiendo que en el fallo de la sentencia respecto al convicto se estableció la condena con una indemnización de 2.814 euros. Además, especifica que se cuenta con el decreto de insolvencia del condenado, con lo que, junto a los intereses legales desde la reclamación hasta el pago, el Concello de Vigo debe asumir el desagravio.
Con todo, la sentencia fue dictada sin expresa imposición de costas y, contra la misma, no cabe interponer recurso, dando traslado de lo resuelto judicialmente al Área de Recursos Humanos y al servicio de Seguridad y Policía Local del Ayuntamiento vigués para su conocimiento.