El Concello de Vigo acaba de hacer público un bando municipal en el que advierte a la ciudadanía sobre el uso de artificios de pirotecnia recreativa, léase, petardos, bengalas, tracas o fuegos artificiales, de cara a la celebración de fiestas de Navidad particulares.
De este modo, el área de Seguridad, Contratación, Fiestas y Gestión Municipal recuerda las normas cuyo cumplimiento se debe tener en cuenta para «garantizar la tranquilidad y la seguridad ciudadana».
De hecho, ya avisan de que la Policía Local, en colaboración con los demás Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, «velará por el estricto cumplimiento» de la legislación vigente y que denunciará las infracciones que se cometan, siendo sancionados, llegado el caso, como faltas por la Administración competente. Las sanciones, además, irán acompañadas de la incautación del material, y podrá conllevarán al cierre del establecimiento responsable.
Así, el bando municipal mantiene como prohibido:
- La venta y el suministro de productos pirotécnicos por personas físicas o jurídicas que no cuenten con la autorización de la Delegación del Gobierno. Las preceptivas autorizaciones se exhibirán en lugares bien visibles en los establecimientos de venta. Al mismo tiempo, la licencia municipal de actividad del establecimiento debe autorizar expresamente la venta de estos productos.
- La venta de los artificios a quién se encuentre bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes.
- La venta ambulante de artificios pirotécnicos.
- La fabricación, circulación y venta de cualquier objeto para uso infantil que presente, externamente, sustancias explosivas o detonantes susceptibles de contacto directo. Para la circulación y venta de productos pirotécnicos infantiles, será necesario que figuren en ellos la marca o cabecera del fabricante y el número que haya asignado el Ministerio de Industria. Cuando no sea posible el marcaje directo en el producto, se hará en el envase que lo contenga. Los productos infantiles de importación deberán cumplir las mismas condiciones que los nacionales.
- A los menores de 12 años, el suministro y uso de artificios pirotécnicos, con excepción de los pistones de percusión para juguete. Se entiende como pistones de percusión para juguete, aquellas envolturas o cápsulas no metálicas que contienen un toque de composición pirotécnica sensible al impacto y que produce una pequeña detonación cuando se golpea.
- La manipulación o uso de los artificios pirotécnicos en las vías públicas y espacios públicos en el término municipal de Vigo, excepto que se cuente con expresa autorización municipal.
Fiestas de Fin de Año y Reyes
Por otra parte, el mismo departamento del Concello de Vigo también ha emitido otro bando de cara a la celebración de las fiestas de Fin de Año y Reyes en los locales de ocio nocturno.
En este caso, recuerdan que según la normativa vigente ningún local puede ofrecer espectáculos o actividades recreativas sin tener el «preceptivo título habilitante«, es decir, licencia de actividad/apertura/comunicación previa y que no pueden realizar un uso distinto del que figure como autorizado.
Con todo, y siempre que se respeten las condiciones esenciales, el Ayuntamiento de Vigo señala que puede «con carácter extraordinario» autorizar o tener por realizada la comunicación responsable para la celebración de otros espectáculos o actividades según proceda legalmente en cada caso.
De este modo, las solicitudes de autorización para la celebración de espectáculos o actividades recreativas extraordinarias deben presentarse con un mínimo de 30 días de antelación respecto de la celebración del evento, siendo el plazo para dictar resolución de un mes a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. El silencio administrativo implica que el interesado podrá entender estimada su solicitud.

























