«Fallamos que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la decisión del Consello de Goberno de la Xunta de Galicia de poner en funcionamiento los servicios de atención sanitaria especializada del Hospital Álvaro Cunqueiro (HAC) de Vigo careciendo de Unidad de Laboratorio Central, imponiendo las costas a los recurrentes, fijando en 1.500 euros la suma máxima en concepto de defensa y representación de la demandada». Así se pronuncia la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo del TSXG sobre el recurso de trabajadores del hospital.
Los profesionales del Complexo Hospitalario Universitario de Vigo (Chuvi) habían interpuesto el pasado mes de julio un recurso ante el Tribunal Superior para pedir la suspensión de la entrada en funcionamiento de los servicios del nuevo hospital de Vigo, el Hospital Álvaro Cunqueiro, que utilizan el laboratorio central. En sus alegaciones explicaban que «la administración es libre de organizar sus servicios cuando no afecta a nadie, ahora si el Álvaro Cunqueiro no tiene laboratorio, ese tipo de decisiones hay que motivarlas científicamente».
No lo cree así el TSXG, puesto que en los fundamentos de derecho de su fallo aseguran que «la Xunta de Galicia no vulnera ninguno de los derechos fundamentales invocados desde el momento que, en ejercicio de su potestad de autoorganización, ha decidido la apertura del HAC sin el laboratorio central demandado».emás, el Alto Tribunal condena en costas a los demandantes y estima que los gastos de la parte contraria se cifran en 1.500 euros. Contra el fallo dictado este 6 de octubre tienen un plazo de diez días para presentar un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.