El despacho de abogados G&L, con nueva oficina en la calle Velázquez Moreno 9 (2ª Planta, Oficina 7), inicia hoy una serie de colaboraciones con VIGOÉ para aclarar todas las dudas que nuestros lectores tienen sobre la cláusula suelo y las posibilidades de reclamar su devolución.
Desde hoy y durante las cuatro próximas semanas, las abogadas viguesas Ana González Díaz de Rábago y Montse Lorenzo Font responderán en varios artículos a las principales incógnitas que rodean las reclamaciones sobre la cláusula suelo, pero también abordarán cuestiones relacionadas con la nulidad de otras cláusulas hipotecarias declaradas abusivas por nuestros tribunales, como la relativa a los gastos asociados a la constitución de la hipoteca o la de vencimiento anticipado por impago de cuotas.
De la misma manera, todos los lectores podrán hacernos llegar cualquier duda que tengan a través de los comentarios del periódico (al final del artículo) o directamente en nuestra Fanpage de Facebook o nuestro perfil de Twitter.
Hoy, Montse y Ana responden a tres de las primeras cuestiones sobre las cláusulas suelo:
¿Qué es una cláusula suelo?
Es una cláusula insertada en algunos contratos de préstamo hipotecario de interés variable, que establece el tipo de interés mínimo a pagar en la cuota. Por tanto, sólo se aplica cuando el interés con referencia al Euribor previsto en el contrato es inferior a ese mínimo, impidiendo que la bajada del Euribor se traduzca en la reducción proporcional de la cuota.
¿Cómo puedo saber si mi hipoteca tiene cláusula suelo?
La redacción de la cláusula no siempre es la misma, por lo que hay que examinar el contrato de préstamo hipotecario, en particular las cláusulas que hacen referencia a los intereses y comprobar si existe alguna mención a un tipo de interés mínimo aplicable o a una limitación al tipo de interés variable pactado con referencia al Euribor.
¿Por qué es a partir del año 2009 cuando a las cláusulas suelo empiezan a desplegar sus efectos?
Porque es precisamente en el año 2009 cuando comienza la caída del Euríbor, que llega a situarse por debajo del 3% e incluso por debajo del 1%. Y es entonces cuando los hipotecados descubren que sus contratos tienen cláusulas suelo, al ver que esa bajada del Euribor no se traduce en una reducción de las cuotas de su hipoteca. Es decir, que si la cláusula suelo era del 3%, por ejemplo, y el tipo de interés pactado era Euribor + diferencial del 1,5 %, si el Euribor bajaba al 1%, no se aplicaría el 2,5% de interés (1 del Euribor + 1,5 del diferencial) sinó el mínimo del 3% establecido por la cláusula suelo.