El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Vigo ha resuelto condenar al Concello de Vigo con una multa de casi 700 euros en concepto de daños que un particular tuvo en su vehículo tras chocar contra un banco ornamental situado en el cruce de las calles María Auxiliadora y Ronda de don Bosco.
Según la resolución -que acaba de pasar por junta de gobierno local-, tanto el titular del coche como la aseguradora reclamaban al Ayuntamiento una indemnización de 1.396,33 euros por la colisión en el céntrico cruce de la ciudad alegando «falta de visibilidad» de dicho banco debido a su «baja altura y material y color idénticos a los del suelo» que, según exponían, se encontraba en la zona de maniobra de la calzada. Lo cierto es que la colocación de elementos en dicho cruce ha sido objeto de múltiples quejas tanto de los vecinos y vecinas del lugar como de los conductores que a menudo pasan por la vía.
Pero desde el Concello se contestó a la demanda exponiendo que no existía «nexo causal» entre el daño del vehículo y el funcionamiento de la Administración ya que, según consideran, «ninguna norma» infringió el Concello al colocar el banco en dicho lugar, «pues había espacio suficiente para maniobrar sin golpearlo, y los daños se produjeron a consecuencia de la falta de diligencia de la conductora», exponen.
Sin embargo, desde el Juzgado comparten las conclusiones de los recurrentes recogiendo la sentencia que las condiciones en las que se colocó el banco en la calle «no fueron las idóneas para garantizar la seguridad de la vía», y que la «peligrosidad» del mismo fue confirmada por el parte de la Policía Local de la misma fecha, existiendo así «nexo de causalidad entre la actuación municipal y el daño padecido por la parte demandante».
De este modo, estiman el recurso de forma parcial en relación a la cantidad reclamada, reconociendo la sentencia que dicha responsabilidad «se va a mitigar en un 50%» considerándose la concurrencia de culpa en la conductora ya que «no condujo con toda la diligencia y prudencia», matizando el texto que, «de hacerlo bien y si maniobrara correctamente dentro del espacio existente sin acercarse al espacio reservado a la acera, no se habrían producido los daños».
Consecuentemente limita la cantidad a indemnizar en 698,17 euros, cantidad que será incrementada con el Índice de Garantía de Competitividad desde la fecha de presentación de la reclamación en la vía administrativa, y a repartir en un 50% a cada recurrente, correspondiendo 70 euros a la conductora del vehículo y 628,17 euros a la aseguradora.
Así, la sentencia, que es firme, fue dictada sin expresa imposición de cuestas condenando al Ayuntamiento de Vigo al pago de 698,17 euros, y dando traslado de la resolución al servicio municipal de Patrimonio para su conocimiento.